SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 748/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 748/01-R

Fecha: 20-Jul-2001

a)

A su turno, el Fiscal recurrido informó: a) Que recibida la denuncia de la sustracción de la suma de Bs.10.000.-, el Sof. Fernando Jordán Rivero arrestó al recurrente en situación in fraganti, remitiéndolo a su conocimiento procediendo de inmediato a recibir las declaraciones informativas del detenido, la víctima y los testigos para luego disponer la remisión del detenido a conocimiento del Juez Cautelar dentro del plazo previsto por el art. 226 de la Ley Nº 1970; b) El Juez Cautelar señaló audiencia para el 17 de junio, donde solicitó, fundamentando debidamente su petición, la imposición de la medida cautelar de detención preventiva; c) Que la detención del recurrente en la cárcel de “San Pedro” fue ordenada por el Juez Cautelar mediante Auto motivado, Resolución contra la que el recurrente interpuso recurso de apelación, actualmente en trámite. Aclaró que no se han violado los derechos y garantías del recurrente.

Por su parte, el funcionario policial solicitó se reciba el informe del Sof. Jordán, quien detuvo al recurrente. Dicho funcionario informó que el 16 de junio a hrs. 10:00, cuando cumplía su función en la oficina de identificación personal  procedió a la detención del recurrente ante la denuncia de Lilian Popovich para luego remitirlo a hrs. 10:30 a la división propiedades de la Policía Técnica Judicial.