SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 753/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 753/01-R

Fecha: 23-Jul-2001

improcedente

Que finalizada la audiencia pública en ausencia del representante del Ministerio Público, los Vocales  de la Sala Civil  Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba,  declararon  improcedente el Recurso,  con el siguiente fundamento: 1)  Que la Inconstitucionalidad  acusada  contra el proceso coactivo no es atendible por no estar dentro de los fines del Recurso de Amparo Constitucional, escapando a la competencia  de ese tribunal; más  aun cuando ese aspecto  ya fue definido por el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia No. 35/00 de 9 de junio de 2000. 2) Que el proceso coactivo se llevó a cabo con todas las formalidades legales previstas  en los  arts. 48 al 51 de la Ley de Abreviación Procesal  No. 1760, habiendo adquirido autoridad de cosa juzgada inamovible,  conforme disponen los arts. 514 y 515 del Procedimiento Civil y 3) Que el Juez recurrido no ha cometido ningún acto ilegal ni suprimido derecho alguno de la  recurrente.