SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 805/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 805/2001-R

Fecha: 30-Jul-2001

Improcedente

Finalmente, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que no es sustitutivo de ningún otro Recurso o medio legal que la recurrente tenía a su disposición, siendo evidente que en el caso de la litis, la autoridad recurrida no cometió ningún acto ilegal en la tramitación de los procesos.