Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 276/2001-CA
Fecha: 13-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el rechazo contenido en La Resolución Nº 295/2001 de 26 de julio de 2001 pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz, Edwin Aguilera Jove, de fojas 97-98 del expediente.