Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 308/2001-CA
Fecha: 30-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, APRUEBA el RECHAZO contenido en Auto de 11 de agosto de 2001 pronunciado por Ramiro Claros Rojas, Oswaldo Céspedes Céspedes y Edgar Terrazas Melgar, Presidente y Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante a fs. 8 del expediente.