Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 807/01-R
Fecha: 03-Ago-2001
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en mérito de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia de fs. 36 a 37 de obrados, pronunciada el 21 de junio de 2001, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Oruro, disponiendo la restitución inmediata de la recurrente.