SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 852/01- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 852/01- R

Fecha: 14-Ago-2001

3.

3.  La Resolución Nº 16/2001 de 18 de julio de 2001, que corre a fojas 43 y 44, declara IMPROCEDENTE el Recurso,  con estos fundamentos: 1)  “la autoridad policial ahora recurrida y bajo la dirección funcional del Fiscal ... ha procedido con la investigación, acumulación, aprehensión del recurrente en los plazos y términos previstos al efecto, así consta por la nota de remisión al Juez de Turno de Instrucción Cautelar” (sic);   2) “aspectos de fondo referidos a la culpabilidad o no, será motivo de pronunciamiento por la autoridad jurisdiccional competente, más no por el Tribunal del Recurso” (sic).

3)  En la Papeleta de Aprehensión (fs. 28), figura un decreto para que el aprehendido sea remitido “a disposición del órgano jurisdiccional competente”, consignándose la fecha de 16 de julio a horas 9:00 a.m.; sin embargo, el Informe en Conclusiones elaborado por el investigador asignado al caso (fs. 34 y 35) lleva la fecha del 16 de julio, y el Director Departamental de DIPROVE,  ese día, dispuso se remita -el merituado informe- al representante del Ministerio Público (fs. 35 vta.).