Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 872/01-R
Fecha: 20-Ago-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 10 de julio de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 85 a 87, el abogado de la parte recurrente se ratifica íntegramente en los términos de la demanda y la amplía señalando que el Subprefecto revoca la protección de su cliente en base a una certificación falsa y supuesta inhibitoria, dejándolo de esta manera en bancarrota, puesto que al ser campesino humilde trabaja en el agro y subsiste con su familia de la cosecha anual de frutas. Señala que ha sido objeto de golpes y avasallamiento contra los cuales no tiene quien lo proteja al haberse inhibido el recurrido, por lo que solicita la restitución de sus derechos constitucionales y al trabajo.