Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 905/01-R
Fecha: 29-Ago-2001
IMPROCEDENTE
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando IMPROCEDENTE el Recurso con el fundamento de que los personeros recurridos, ante la supuesta evidencia de falsedad material de los sellos de la institución impuestas en los planos de construcción en trámite, no hicieron otra cosa que cumplir con lo dispuesto por el art. 284 de la Ley Nº 1970.