SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 912/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 912/01-R

Fecha: 30-Ago-2001

1.

1.   Efectuada la audiencia pública el 16 de julio de 2001, tal como consta en el acta de fs. 24 a 25, a la que no se hizo presente la autoridad municipal recurrida, efectuándose, en consecuencia en su rebeldía, la recurrente  por intermedio de su abogado se  ratifica en  los términos de su demanda y la amplía  señalando los siguientes aspectos: a) que la Alcaldía con su maquinaria pesada atropelló su propiedad con violencia y abuso b) que el art. 22 de la Constitución Política del Estado establece la expropiación por necesidad y utilidad pública e indemnización justa, teniendo en cuenta  el interés de la colectividad  entera y no de un reducido grupo; c) ya existe una calle de acceso al hospital  lo que hace  innecesario abrir una nueva más aún ante la inexistencia de flujo vehicular en la zona; d) sobre su propiedad existe amenaza de expropiación la que en el caso presente  no se  justifica, toda vez que no se dan los presupuestos por los que ha sido establecida.