Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 339/2001-CA
Fecha: 27-Sep-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31-1 de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso Directo de Inconstitucionalidad, interpuesto por Claudio Loza Alvarado, Diputado Nacional Titular y Roberto Arispe Ortega, Diputado Nacional Suplente, a fs. 17-19 del expediente.