Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 349/2001-CA
Fecha: 27-Sep-2001
Fragmento 4
Que, en el caso de autos, el representante legal de AFP PREVISIÓN BBV S.A. plantea el incidente contra una Resolución Administrativa pronunciada por la Superintendencia de Recursos Jerárquicos que agotó la vía administrativa y por tanto constituye un fallo definitivo que causa estado, conforme determina el art. 42 de la Ley N° 1864 con relación al art. 23 de la Ley N° 1600, situación que hace inviable el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad.