SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1026/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1026/01-R

Fecha: 20-Sep-2001

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente  el Recurso,  con  los fundamentos de que  la defensa de la persona en juicio es inviolable, por lo que el órgano jurisdiccional debe admitir como medio de prueba todos los elementos que puedan conducir al esclarecimiento de la verdad jurídica y que dicho rechazo no es susceptible del recurso de apelación  conforme dispone el art. 277 del anterior Código de Procedimiento Penal.