Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1041/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los fundamentos de que el recurrente no acreditó que la entidad recurrida incurrió en restricción o supresión de derecho alguno, al haber sustanciado un proceso debido, conforme a las disposiciones del Código Tributario y que dejó precluir su derecho al haber cobrado ejecutoria las resoluciones cuestionadas.