Que, en el mismo sentido se ha pronunciado este Tribunal en SSCC 1381/2002-R, 378/2002-R, 447/2001-R, entre otras.
Fecha: 14-Ene-2002
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución de 15 de noviembre de 2002, que corre a fojas 74-75, que declara improcedente el recurso sin aplicación de multas, con estos fundamentos: a) las resoluciones tomadas en el XXI Congreso Nacional Ordinario de Chóferes de Bolivia (entre las que se encuentra la referida a la expulsión del recurrente), se encuentran suscritas por el Directorio del Presidium de dicho Congreso, b) la expulsión denunciada de ilegal, no ha sido realizada de manera directa por los recurridos, quienes en forma posterior a las resoluciones del Congreso y al finalizar el mismo, fueron posesionados y c) no se abre la competencia del Tribunal de amparo, por falta de legitimidad pasiva en los recurridos.