Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 081/2002-R
Fecha: 23-Ene-2002
PROCEDENTE
3. La Resolución que sale de fs. 75 a 77 declara PROCEDENTE el Recurso disponiéndose el cese de toda persecución y procesamiento indebido, imponiéndose costas a los recurridos en la suma de Bs1000.-, bajo el argumento de que no era competencia del Tribunal Disciplinario conocer asuntos de orden civil, más aún cuando en el presente caso existe un documento de préstamo de dinero.