SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 30/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 30/2002-R

Fecha: 14-Ene-2002

IMPROCEDENTE

Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal de Amparo declaró IMPROCEDENTE el Recurso con los siguientes argumentos:  a) que los informes del Asesor Jurídico no constituyen Resoluciones  Administrativas;   b)  que los recurrentes no han demostrado que hubieran impugnado ese informe jurídico, si  consideraban a dicho informe como resolución administrativa;  c)  que los recurrentes no han agotado los recursos ordinarios que la Ley les franquea.