SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 32/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 32/02-R

Fecha: 14-Ene-2002

2.

2.   Por su parte los  Vocales recurridos,  informan los siguientes aspectos: 1) en el Recurso de Amparo que conocieron, el recurrente Oscar Candia  había sido restituido en un par de ocasiones como directivo de la Cooperativa Multiactiva “19 de Noviembre” Ltda. (que es lo que cuestiona el actual recurrente) y ello como producto de dos Sentencias Constitucionales N° 309/01 y 394/01, por lo que se limitaron a ratificar las mismas; 2) no han vulnerado derechos ni garantías de nadie; 3) la última Sentencia pronunciada el 25 de octubre del año en curso se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional que será el que defina lo que ahora pretende el recurrente; 4) se acusa que las resoluciones son falsas, fraguadas y que no tienen firmas, sin tener presente que el Tribunal Constitucional es un tribunal de puro derecho y no de  hecho para abrir plazos probatorios y determinar si los documentos que se acompañan son falsos o verdaderos; 5) el presente Recurso es improcedente, porque está dirigido contra la resolución que pronunciaron la que se encuentra en revisión y además  no se puede interponer un Amparo contra otro que aún no está resuelto.