SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 10/2002
Fecha: 30-Ene-2002
I.1
I.1 Que, dentro del proceso ejecutivo referido en Vistos, de conformidad al art. 42-II de la Ley Nº 1760, en el acto de subasta pública sin base y al mejor postor del inmueble embargado, Maria del Carmen Arze ofreció la suma de $us.100.- para adjudicarse el inmueble en esa suma. Que dicho artículo en la parte que ordena la venta del inmueble, sin base y al mejor postor -en su criterio- es inconstitucional, por cuanto en su aplicación atenta contra los arts. 7-i) y 22-I de la Constitución, pues dicho procedimiento permite al adjudicatario (que resulta generalmente el acreedor), quedarse con los bienes del deudor por un precio irrisorio, en tanto que el deudor sin lograr pagar su deuda pierde su propiedad y sigue siendo deudor, lo cual es injusto, empero la norma obliga al juzgador a adjudicar y escriturar bienes de importante significación económica por un precio mínimo irracional.