AUTO CONSTITUCIONAL 449/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 449/2002-CA

Fecha: 08-Oct-2002

autoridad judicial ya ha dictado sentencia

De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que la autoridad judicial ya ha dictado sentencia la misma que se encuentra ejecutoriada por decreto de 7 de marzo de 2001 (fs. 10 vta.), encontrándose el proceso ejecutivo seguido por el Banco Santa Cruz S.A. contra Ángel Iver Rojas Limón y Adaly Machado de Rojas, en ejecución de sentencia; fase en la que el ejecutado solicitó al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 28 LAPCAF, señalando que esta norma contraviene lo preceptuado por el art. 116.II CPE; por lo que  no se demuestra  la vinculatoriedad entre la decisión de la autoridad judicial con la validez constitucional de la norma impugnada; de lo que se infiere que no existe una decisión pendiente en la que el Juez tenga que aplicar la disposición  legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.