AUTO CONSTITUCIONAL 449/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 449/2002-CA

Fecha: 08-Oct-2002

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Ángel Iver Rojas Limón  dentro del  juicio ejecutivo seguido en su contra por el Banco de Santa Cruz S.A., por memorial de 17 de septiembre de 2001 cursante a fs. 11-12, solicita al Juez de la causa  promueva recurso indirecto  o incidental de inconstitucionalidad, contra el art. 28 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar (LAPCAF), solicitud que es reiterada en idénticos términos por memorial de 20 de octubre de 2001   cursante a fs. 16-17, argumentando que la norma impugnada no prevé o permite que el Juez, ponderando las circunstancias concurrentes del caso y a fin de evitar indefensión del deudor, pueda suspender la tramitación  del proceso ejecutivo o coactivo civil una vez iniciado el proceso declarativo ordinario correspondiente,  vulnerando de esta manera el  art. 16-II de la Constitución Política del Estado.

A fs. 19-20 del expediente cursa  un informe de la Auxiliar del Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz refiriendo que por error  se consignó en el expediente del juicio ejecutivo seguido por el Banco de Santa Cruz S.A. contra Iver Rojas Ortuño y Martha Zurita de Quinteros, memoriales de  Ángel Iver Rojas Limón  presentados dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra también por el citado Banco.

Por providencia de 14 de enero de 2002 cursante a fs. 21 del expediente, el Juez de la causa dispone en atención al informe  de la Auxiliar del Juzgado a su cargo,  que se proceda al desglose  de los memoriales  que se encuentran arrimados al proceso signado con el Nº 511/2000 que corresponden al ejecutado Angel Iver Rojas Limón y otros.