AUTO CONSTITUCIONAL 469/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 469/2002-CA

Fecha: 18-Oct-2002

ratio legis

El Tribunal Constitucional ha dejado establecido en  Autos Constitucionales  426/2001-CA, 427/2001-CA, 428/2001-CA y otros, que la  ratio legis del artículo 31 constitucional, es la de dotar al ciudadano de un medio de impugnación directo (de acceso inmediato) sólo para aquellos supuestos en lo que no es posible obtener la reparación del agravio,  por no prever el orden legal otro medio expedito de impugnación.