Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1189/2002-R
Fecha: 04-Oct-2002
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que la autoridad recurrida no ha cometido actos ilegales que atenten contra los derechos y garantías que deban ser reparados en esta instancia de acuerdo al art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por haber sido reparada la omisión en tiempo oportuno.