SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
a)
A su turno, a través de su abogado presentó informe escrito señalando: a) a consecuencia de una auditoría interna el Alcalde denunció al Ministerio Público la comisión de una serie de irregularidades en el manejo de la suma de Bs300.000.- en contra de Rudy Rojas en el ejercicio de sus funciones como Gerente General de la Empresa Municipal de Aseo de El Alto, b) con la facultad conferida por el art. 16 de la Ley 2175, de 13 de febrero de 2001 (LOMP), solicitó a la Superintendencia de Bancos para que retengan esos fondos que son de la Empresa Municipal de Aseo, que estaban en la cuenta personal del recurrente, por cuanto no existe rendición de cuentas de la administración de esos dineros y c) obró con la facultad que le confiere el art. 45-8) LOMP.