AUTO CONSTITUCIONAL 504/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 504/2002-CA

Fecha: 05-Nov-2002

carece de contenido jurídico constitucional

En consecuencia, al no estar investido de autoridad pública el Presidente  del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa Multiactiva de Gremiales 19 de Noviembre Ldta Daniel Julio Choque Aruquipa y al no haberse fundamentado respecto a la usurpación de funciones por la Notaria de Fe Pública,  Tanya T. Parada Junis, el presente recurso carece de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.