, RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) LTC concordante con el art. 82.III y 33.I inc. 1) de la misma Ley, RECHAZA el recurso interpuesto por Eudoro Bernabé Panoso Villarroel en representación de Nedda Valeria Soria Galvarro, cursante de fs. 31 a 34 del expediente.
