Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
para el caso presente rige la Resolución Ministerial 062/00 ya mencionada, cuyo art. 60
Con ello se confirma que para el caso presente rige la Resolución Ministerial 062/00 ya mencionada, cuyo art. 60 establece que el proceso administrativo es la instancia que se sigue a denuncia o por un dictamen de auditoría interna o externa, dentro de una organización educativa del Servicio de Educación Pública (SEP), a un servidor público o ex-servidor público con el propósito de determinar la responsabilidad de alguna contravención o falta grave y se sancione por la autoridad competente.