Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1331/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
II.7.
II.7. Apelado el decreto anterior, mereció el Auto de 17 de agosto de 2002 dictado por el Juez de alzada, el que revoca parcialmente la providencia apelada, ordenando al juez recurrido expida el mandamiento de apremio solicitado, además de remitir fotocopias legalizadas de las piezas principales al Ministerio Público, para el procesamiento respectivo de la depositaria ahora recurrente (fs. 54 vta.-55).