Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1348/2002-R
Fecha: 05-Nov-2002
a)
A fs. 158 cursa el informe presentado por el Juez recurrido, en el que manifestó: a) en el Juzgado a su cargo se ha radicado el proceso coactivo seguido en contra del recurrente, habiéndose pronunciado sentencia que fue apelada, la misma que es confirmada por Auto de Vista, b) en la apelación no argumenta la falta de intervención de vocal en la distribución de causas, c) este recurso lo plantea después de más de dos años de haber ingresado la causa al Juzgado, no habiendo observado oportunamente esa supuesta falta y d) el control de la intervención de vocal semanero, lo hace el Secretario de Cámara que recibió la causa nueva. Por lo que pide la improcedencia del recurso.