SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1359/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1359/2002 - R

Fecha: 07-Nov-2002

a)

La autoridad recurrida informa: a) que cumplió con el art. 39 LEPS, pues el 27 de septiembre de 2002, libró el mandamiento de libertad condicional; es decir, dentro de las 24 horas de celebrada la audiencia donde se concedió la libertad, habiendo incluso con sus propios recursos remitido dicho mandamiento por vía fax a Camargo, estando actualmente el recurrente en libertad, y la falta de remisión -que no está dentro de sus obligaciones-, fue debido a que por una parte, la Secretaria del Juzgado tuvo licencia de tres días, y por otra, que su autoridad fue declarada en comisión para asistir a un seminario los días 1, 2 y 3 de octubre y b) que expedido el mandamiento en el plazo legal, quien debió cumplir con otorgar la libertad según dispone el art. 39 LEPS, es el Alcaide del recinto penitenciario.