SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2002-R

Fecha: 02-Dic-2002

a)

A su turno, el abogado de la parte recurrida manifestó: a) el Juez Décimo de Partido en lo Civil en venta judicial transfirió el inmueble a favor de la Sra. Veizaga de Terán, sin haberse fijado en folios reales y otros que acreditan que ese inmueble es de la Sra. Felipa Flores Huarachi, b) el inmueble no se encuentra en poder del recurrido Hernán Tapia Balboa, sino que está en poder de la propietaria Felipa Flores Huarachi, c) si se hubiera producido un despojo -como alega el recurrente- se califica como delito y debió acudirse a la vía penal, d) para acreditar quien tiene mejor derecho propietario, se debe solicitar reinvindicación en la vía civil y e) no se puede acudir al amparo para dirimir derechos de propiedad, recurso que no es sustitutivo de otros medios o vías legales. Por lo que solicita se declare improcedente el presente recurso, con costas, daños y perjuicios.