Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2002-R
Fecha: 02-Dic-2002
Fragmento 10
Que, una de las características del presente recurso extraordinario es la inmediatez, puesto que el mismo opera como un procedimiento preferente y sumario para la defensa inmediata de derechos fundamentales que se encuentran vulnerados o amenzados por la acción u omisión de la autoridad pública o de los particulares, como se desprende del art. 19-IV de la Constitución Política del Estado (CPE).