SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2002-R

Fecha: 02-Dic-2002

III.1.

III.1. Que, en la especie en la tramitación del proceso ordinario de entrega de inmueble seguido por los esposos Mejía-Arce contra Beatriz Amalia Vargas (hermana de la recurrente) se ha pronunciado sentencia que declara probada la demanda, y en ejecución de la misma el Juez recurrido ordenó en 01 de mayo de 2002 que se notifique a la demandada y actuales ocupantes para que desocupen el inmueble.

Que, el Oficial de Diligencias recurrido, a efecto de dar cumplimiento a lo ordenado por la autoridad judicial, realizó la representación de 09 de mayo de 2002 en la que constató que la ocupante de nombre Yolanda Vargas (recurrente) no se encontraba en el inmueble, por lo que dejó aviso para poderla buscar posteriormente.

            Que, la representación realizada por el Oficial de Diligencias, en ningún momento puede considerarse como un acto ilegal que lesione un derecho fundamental de la recurrente, por cuanto lo único que hizo dicho funcionario fue cumplir con su obligación legal prevista en el art. 213 inc. 1) de la Ley 1455, de 18 de febrero de 1993 o Ley de Organización Judicial (LOJ).