Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1512/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
III.3
III.3 Por otra parte, no existe certidumbre sobre la hora exacta de la aprehensión de José Luis Quecaña Janco, Juan Quiroga Serrano y Wilson Jaillita López, a efectos de computar si la presentación de la imputación formal fue realizada dentro de las veinticuatro horas establecidas por ley, habiendo incumplido el recurrente y sus representados con su carga procesal de probar este extremo denunciado, aspecto que refrenda la improcedencia de este recurso extraordinario, máxime si se toma en cuenta que ni en la demanda -interpuesta verbalmente en la audiencia de medidas cautelares- ni en la audiencia de hábeas corpus, los interesados fundamentaron su acusación al respecto.