SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1585/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1585/2002-R

Fecha: 18-Dic-2002

III.2.

III.2. Que, el recurrente equivocadamente plantea la presente acción apoyado en la previsión contenida en el art. 182 CE, sin tener en cuenta que dicha norma legal es aplicable a los candidatos que no fueron inhabilitados y han sido elegidos en votación popular. Esta no es la situación del recurrente, pues el mismo nunca fue elegido ya que antes de que se produza esa situación fue inhabilitado.