Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 039/2002-CA
Fecha: 01-Feb-2002
no acredita su calidad de representante de la Federación Especial de Transporte Libre de Cochabamba
Que, con referencia al recurrente Antonio Otondo Aguilar, el mismo acredita ser Secretario de Conflictos de la Asociación Nacional de Transporte Libre de Bolivia A.T.L. ( Resolución Ministerial Nº 785/01 de 18 de diciembre de 2001); empero, no acredita su calidad de representante de la Federación Especial de Transporte Libre de Cochabamba, en cuya representación interpone el presente Recurso Directo de Nulidad ( memorial de fs. 33 a 36)