Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 064/02-CA
Fecha: 19-Feb-2002
rechaza el incidente
Que, sólo cursa la respuesta de Omar Gonzalo Ayoroa Tardio, adjudicatario dentro del referido juicio ejecutivo y no así de la Cooperativa demandante, pronunciando el Juez Quinto de Partido en lo Civil de Cochabamba, J. Omar Carmona M, la Resolución de 13 de noviembre de 2001 por la que rechaza el incidente en observancia a la última parte del art. 61 de la ley Nº 1836; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la citada Ley Nº 1836, es elevada en consulta ante este Tribunal.