Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 121/02-R
Fecha: 08-Feb-2002
improcedente
Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró improcedente el Hábeas fundamentando: 1) Que la recurrida tiene entre sus atribuciones recibir denuncias e iniciar investigación conforme al art. 289 del Código de Procedimiento Penal y 2) Que es tarea en la etapa preparatoria dirigir la investigación y mientras no haya imputación y acusación formal no se puede hablar de procesamiento indebido.