SENTENCIA CONSTITUCIONAL 141/02-R
Fecha: 20-Feb-2002
(fs. 1-46).
1. Que, dentro del proceso penal seguido contra Dante Benito Escobar Plata y otros (FOCSSAP II), se dictó sentencia el 22 de junio de 2001, declarando al recurrente autor de los delitos de estafa y falsedad material, condenándole a pena privativa de libertad de 9 años, más el pago de daños civiles y costas (fs. 1-46).
2. Que, de lo afirmado tanto por el recurrente como por los recurridos, se tiene que presentada la solicitud de cesación de detención preventiva, el Juez de la causa concedió la misma, aplicando medidas substitutivas entre ellas una fianza económica de $us.1.000.000.- y la detención domiciliaria, que apelada dicha determinación, el 27 de diciembre de 2001, fue confirmada por los recurridos.