Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 181/2002-R
Fecha: 27-Feb-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8) y 93 de la Ley N° 1836 en revisión REVOCA en parte la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso en todas sus partes y, sin disponer la libertad de los recurrentes se ordena que la Jueza recurrida dicte una nueva resolución de detención preventiva aplicando correctamente las previsiones de los arts. 233 al 236 de la Ley N° 1970.