Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 139/02-R
Fecha: 20-Feb-2002
3.
3. La Resolución Nº 003/2002, cursante a fs. 13 y 14, dictada el 4 de enero de 2002, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) la aprehensión de la hija de la recurrente fue realizada por personeros del Servicio Nacional de Migración, que no observaron lo dispuesto por los arts. 102 y 108 del Código del Niño, Niña y Adolescente; 2) “el Recurso denota error en su formulación al no haber sido dirigido contra la autoridad de la Dirección Nacional de Migración, donde se produjo la detención indebida de la menor”.