SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 143/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 143/02-R

Fecha: 20-Feb-2002

1.

1.     Efectuada la audiencia pública el 5 de enero de 2002, tal como consta en el acta de fs. 20 a 26,  el  recurrente se  ratifica en la demanda y la amplía en sentido de que su representado ha cumplido con las medidas sustitutivas impuestas, por lo que  cabe la aplicación del art. 45 de la Ley N° 1970 que dispone: “la libertad sólo se hará efectiva luego de haberse otorgado la fianza”, correspondiendo otorgarle la libertad, sin que importe el que se haya apelado o no.