Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 167/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18.III,120 7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª) y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 42-43, pronunciada el 05 de enero de 2002 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Chuquisaca.