Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 171/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
PROCEDENTE en parte
3. La Resolución que sale a fs. 628, declara PROCEDENTE en parte el Recurso disponiendo que la Jueza recurrida eleve el expediente ante el superior en grado en el día, con responsabilidad civil en la suma de Bs1000, bajo el fundamento que la Jueza demandada no observó lo dispuesto por los arts. 229 y 230 del Código de Procedimiento Civil, ya que pese a haber concedido el recurso de apelación a los recurrentes, sin fundamento legal declaró ejecutoriada la sentencia de primera instancia, violando de ese modo el derecho a la defensa de los recurrentes. Los demás actos demandados no corresponden ser analizados en esta instancia.
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- PROCEDENTE en parte
- el Amparo ha sido demandado después de más de 7 meses de que la Jueza de manera ilegal hubiera declarado la ejecutoria de la sentencia de primera instancia,
- inviable la otorgación de la tutela que buscan los actores por este medio, por los elementos anotados.
- POR TANTO: