Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 178/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
improcedente
Que concluida la audiencia pública, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz declaró improcedente el Amparo fundamentando que el Recurso no es sustitutivo de otros recursos ordinarios y en el caso el recurrente tiene la vía ordinaria o a través del Plan Regulador dependiente de la Alcaldía Municipal para hacer valer sus derechos.