Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 186/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) la recurrente apeló en defensa de sus derechos, no siendo evidente encontrarse en estado de indefensión; 2) no existe infracción a los derechos fundamentales de la recurrente.