Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 105/2002-CA
Fecha: 19-Mar-2002
sin la existencia previa de proceso judicial o administrativo
En consecuencia, el presente Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad, interpuesto sin la existencia previa de proceso judicial o administrativo, y en consecuencia, sin la existencia de instancia pendiente de resolución a la que deba aplicarse la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Resolución impugnada, carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique su consideración en el fondo.