SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 206/2002-R
Fecha: 06-Mar-2002
Considerando:
2. Por Memorandum Nº 3388/2001 de 02 de julio de 2001, el Comandante General de la Policía, hace saber al Cnl. DESP Juan José Pérez Arias que de conformidad al informe en conclusiones elaborado por la Dirección Nacional de Asuntos Internos, relacionado al caso Nº 212/2000, ha sido puesto a disposición del Tribunal Disciplinario Superior, a objeto de que esa instancia determine, de acuerdo a lo que establece el art. 32 inc. a) y e) del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, debiendo presentarse a objeto de asumir defensa (fs. 1).
4. El Cnl. DESP. Juan José Pérez Arias en 28 de noviembre de 2001, solicita al Presidente del Tribunal Disciplinario se excuse de conocer la causa (fs. 10), solicitud que es concedida a través de Auto de 30 de noviembre de 2001, por el que Carlos Cortez Monje, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior, se excusa de conocer los actuados (fs. 43).
5. El Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, por Resolución Nº 233/2001 de 05 de diciembre de 2001, califica como delito, la conducta del recurrente así como de otros policías, en el marco del Auto de procesamiento penal pronunciado por el Juez Instructor en lo Penal de Oruro, aclarando que el Tribunal Disciplinario no puede llevar adelante un proceso, por el solo hecho de encontrarse en trámite otro bajo la jurisdicción de la justicia ordinaria y, dispone se haga conocer esta resolución al Comando General de la Policía para los fines correspondientes (fs. 2-3).
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido por el art. 3º del Manual de Organización y Funciones de la Dirección Nacional de Asuntos Internos de la Policía Nacional, aprobado por Resolución del Comando General de la Policía Nacional Nº 119/91 de 31 de mayo de 1991, la Dirección Nacional de Asuntos Internos tendrá por finalidad investigar cualquier actividad ilícita o de corrupción que se presente en el ejercicio de las funciones de los miembros de la Institución , en todos los niveles.