SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 208/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 208/2002-R

Fecha: 06-Mar-2002

a)

Por su parte, el abogado del recurrido señala: a) que la comunidad de Quitaya pertenece a la Provincia Cercado del Departamento de Oruro y con las atribuciones que le faculta la ley, ha posesionado a las genuinas autoridades, sin avasallar en asuntos internos de las autoridades de Sora que pertenecen a la Provincia Pantaleón Dalence, b) la pretensión de que se deje sin efecto la posesión de las autoridades de Quitaya, radica en que la Comunidad de Sora viene realizando gestiones de enajenación de terrenos correspondientes a la jurisdicción de  la Comunidad de Quitaya, aspecto que inclusive llegó a reuniones conciliatorias con el Director Jurídico de la Prefectura del Departamento, que no han prosperado y c) finalmente señala que su representado se ampara en el art. 7 inc. c) de la Constitución Política del Estado y art. 3 de la Ley INRA, cuando establecen el derecho a reunión, que se garantiza a todas las comunidades indígenas y originarias, sobre sus tierras de origen. Por todo lo que pide se declare improcedente el recurso.