SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 216/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 216/02-R

Fecha: 05-Mar-2002

2.

2.     Por su parte el abogado del recurrido Director Distrital de Viacha, informa que: a) el proceso se instaura contra la recurrente a raíz de las  denuncias efectuadas en 16 de agosto de 2000, por los  estudiantes del Colegio Nocturno Mariscal José Ballivián, padres de familia y junta escolar, por malos tratos a cuyo efecto el primer tribunal se conforma el 26 de julio de 2001, el que fue dejado sin efecto al haber sido constituido al margen del Decreto Supremo N° 2527, conformando el 26 de septiembre el Tribunal Disciplinario Distrital que mediante Resolución N° 009/01 abre proceso disciplinario en su contra; b) con dicho fallo la recurrente fue notificada recibiéndole tanto  su declaración como la de sus testigos y pruebas documentales, no siendo evidente que no se le dio oportunidad para su defensa, cumpliendo los plazos procesales y participación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, por tratarse de menores de edad;  c) fue suspendida de sus funciones en cumplimiento del  art. 30 del D.S. N° 23968 de 24 de febrero de 1995 y con relación a la nota de 4 de octubre no se pronunciaron por haber perdido competencia, al estar el caso ante el Tribunal Disciplinario Departamental.